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Períodos hábiles para la caza del corzo 2022-2023 (ACTUALIZADO)

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del corzo 2022 Caza
Períodos hábiles para la caza del corzo 2022-2023.

A continuación les ofrecemos las fechas de apertura y cierre y otros datos para la caza del corzo en la temporada 2022-2023, de aquellas autonomías que ya lo han publicado o, en su defecto, de las que marcaron uno o varios períodos hábiles para esta temporada en la orden de vedas de la campaña 2021-2022.

Como hasta que no se publica la correspondiente orden de vedas sigue en vigor la anterior, y normalmente se publican después de la apertura de la caza del corzo, varias comunidades marcan en la orden de vedas de la temporada anterior al menos el primer plazo de caza del corzo para la siguiente.

En VERDE LAS FECHAS QUE YA SE CORRESPONDEN A LA TEMPORADA 2022-2023.

ANDALUCÍA

La orden por la que se fijan las vedas y periodos hábiles de caza en Andalucía para la temporada 2021-2022, estable como períodos para la caza del corzo:

–Del 10 de julio al 15 de agosto. Todos los días.

–Del 1 de marzo al 15 de abril. Todos los días.

Las batidas podrán realizarse en los cotos que las tengan aprobadas en sus planes técnicos de caza únicamente del 1 de marzo al 31 de marzo.

Aquellos cotos que han cumplido con los cupos previstos de la temporada anterior en el plan técnico de caza para las especies de caza mayor, ciervo, gamo y/o muflón, y establezcan y mantengan medidas efectivas para el control del cerdo asilvestrado, podrán solicitar la ampliación del rececho hasta el 31 de mayo.

Asimismo, se podrá realizar la caza a rececho de hembras para el control de poblaciones desde el 15 de noviembre hasta el 15 de enero.

Consulte aquí la Resolución de 25 de mayo de 2021, de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos, por la que se publican los períodos hábiles de caza para la temporada 2021/2022.

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ARAGÓN

Según la orden por la que se aprueba el Plan General de Caza en Aragón para la temporada 2021-2022, las fechas para la caza del corzo son las siguientes:

+Machos y hembras en batida al jabalí: desde el tercer domingo de septiembre a cuarto domingo de febrero.

+Rececho, al rastro y esperas:

–Términos municipales referidos en el Anexo V: machos y hembras de 1 de marzo a 15 de noviembre.

–Resto de Aragón fuera del Anexo V:

Corzos machos: 1 de abril a 15 de noviembre.

Corzas hembras: del 15 de septiembre a cuarto domingo de febrero

Consulte aquí la ORDEN AGM/590/2021, de 25 de mayo, por la que se aprueba el Plan General de Caza de Aragón para la temporada 2021-2022.

CANTABRIA

Según la orden que regula la caza en Cantabria (excepto en la RRC Saja) para la temporada 2021-2022, los períodos para la caza del corzo son:

a) Rececho de machos. Del 1 de abril al 31 de julio de 2021, ambos incluidos, y del 1 de septiembre al 30 de septiembre de 2021, ambos incluidos.

b) Batidas y recechos de hembras. Del 15 de enero al 15 de febrero de 2022, ambos incluidos.

En el borrador de la orden que regula la práctica de la caza en la temporada 2022/2023 en Cantabria, excepto RRC Saja, se mantienen exactamente las mismas fechas de caza para 2022 y 2023 respectivamente.

Consulte aquí la Orden MED/4/2021, de 8 de abril, por la que se regula la práctica de la caza durante la temporada cinegética 2021/2022 en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, exceptuando el incluido en la Reserva Regional de Caza Saja.

CASTILLA-LA MANCHA

La orden de vedas de la temporada 2021-2022, marca también el segundo periodo para la caza del corzo macho:

-Corzo macho. Desde el 1 de abril de al 31 de julio. Modalidades: rececho, aguardo o espera en horario diurno. Autorizado hembras si se contempla en el POC aprobado.

La orden de vedas de la temporada 2021-2022, marca el primer periodo para la caza del corzo macho y para las corzas:

-Corzo macho. Del 1 al 30 de septiembre. Modalidades: rececho, aguardo o espera en horario diurno. Autorizado hembras si se contempla en el POC aprobado.

-Corzo hembra. Desde el 1 de diciembre al 21 de febrero. Según POC aprobado.

Consulte aquí la Orden 69/2021, de 21 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se fijan los períodos hábiles de caza y las vedas aplicables con carácter general a todo el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha para la temporada cinegética 2021-2022.

CASTILLA Y LEÓN

Según la LEY 9/2019, de 28 de marzo, de modificación de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, marca los siguientes períodos hábiles para la caza del corzo:

–Corzo: Para ambos sexos, desde el 1 de abril hasta el primer domingo de agosto, y desde el 1 de septiembre hasta el segundo domingo de octubre.

Además, las hembras también podrán cazarse desde el 1 de enero hasta el cuarto domingo de febrero.

Actualmente está en vigor el Plan General de Caza de Castilla y León para la temporada 2021-2022, cuando se publique el Plan General para la temporada 2022-2023 cabe la posibilidad que alguna de las fechas posteriores a la publicación de dicho Plan General puedan variar.

Consulte aquí la LEY 9/2019, de 28 de marzo, de modificación de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

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CATALUÑA / CATALUNYA

Según la resolución que fija los períodos hábiles de caza para la temporada 2022-2023 en Cataluña, se marcan los siguientes períodos hábiles para la caza del corzo:

–El periodo hábil es:

Entre el primer domingo de abril de 2022 (día 3) y el tercer domingo de agosto de 2022 (día 21), exclusivamente para machos y con los métodos de aguardo o rececho.

Entre el primer domingo de septiembre de 2022 (día 3) y el último domingo de noviembre de 2022 (día 27), ambos sexos y con cualquier método.

Y entre el primer domingo de enero de 2023 (día 1) y el último domingo de marzo de 2023 (día 26), exclusivamente para hembras y con cualquier método.

Consulte aquí la RESOLUCIÓN ACC/821/2022, de 22 de marzo, por la que se fijan las especies objeto de aprovechamiento cinegético, los periodos hábiles de caza y las vedas especiales para la temporada 2022-2023 en todo el territorio de Cataluña.

COMUNIDAD DE MADRID

Según la orden que regula los periodos hábiles de caza en la Comunidad de Madrid para la temporada 2021-2022 se fija como primer periodo para la caza del corzo:

–Desde el día 1 de abril hasta el día 31 de julio para machos de corzo.

La citada orden también marca el segundo período para la caza del corzo (que para 2022-2023 marcará la preceptiva orden de la la temporada 22-23):

–Desde el día 1 de septiembre al 15 de octubre de 2021, ambos incluidos, para machos y hembras de corzo.

Consulte aquí la ORDEN 571/2021, de 27 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se fijan las limitaciones y épocas hábiles de caza que regirán durante la temporada 2021-2022.

COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA 

Según se indica en la orden foral que regula los períodos hábiles de caza en la Comunidad Foral de Navarra de la temporada 2021-2022, se establece como segundo período para la caza del corzo:

–2. Desde el 1 de abril hasta el 31 de julio de 2022 se podrá cazar a rececho, todos los días, los ejemplares machos asignados en el cupo del Plan de Ordenación Cinegética, así como los corzos machos no abatidos en las modalidades autorizadas hasta el 27 de febrero.

También podrán abatirse, en este periodo, machos, hembras y crías únicamente en aquellos acotados que, por riesgo de daños, tengan asignados brazaletes neutros en los que no se especifica su sexo ni la edad del ejemplar.

Los resguardos de los brazaletes utilizados y los brazaletes no utilizados, deberán entregarse en las oficinas del Desarrollo Rural y Medio Ambiente, antes del 1 de septiembre de 2022.

El primer periodo para la caza del corzo lo fija orden foral que regula los períodos hábiles de caza en la Comunidad Foral de Navarra de la temporada 2021-2022:

–1. Se autoriza la caza del corzo en batida y montería desde el 15 de agosto de 2021 hasta el 27 de febrero de 2022, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local.

Los cupos serán los determinados en el correspondiente Plan de Ordenación Cinegética.

Consulte aquí la ORDEN FORAL 179E/2021, de 14 de julio, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba la Disposición general de vedas de caza para la temporada 2021-2022.

COMUNIDAD VALENCIANA / COMUNITAT VALENCIANA

Los períodos hábiles de caza en los cotos de la Comunidad Valenciana se regulan por las directrices de ordenación cinegética de la Comunidad Valenciana; los planes técnicos de ordenación cinegética; y las memorias y planes anuales de gestión.

EXTREMADURA

La Orden General de Vedas de Extremadura de la temporada 2020-2021 se ha prorrogado para la temporada 2022-2023.

Por lo que los periodos para la caza del corzo son:

–Recechos, tanto ordinarios como de gestión, en las partes abiertas de los cotos: desde 1 de abril al 31 de julio.

–Recechos, tanto ordinarios como de gestión, en las partes cerradas de los cotos privados de caza: desde 1 de abril al 30 de septiembre.

Consulte aquí la ORDEN de 27 de marzo de 2020 General de Vedas de Caza para la temporada 2020/2021, de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Consulte aquí la RESOLUCIÓN de 10 de marzo de 2022, de la Consejera, por la que se prorroga la vigencia de la Orden de 27 de marzo de 2020 General de Vedas de Caza para la temporada 2021/2022, de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

GALICIA

En la resolución que regula los períodos hábiles de caza en Galicia 2021-2022, figura:

–Los terrenos bajo régimen cinegético especial, se podrán los machos de corzo cazar mediante la modalidad de rececho, desde el 1 de abril hasta el 31 de julio de 2022, en cualquier día de la semana.

La resolución que regula los períodos hábiles de caza en Galicia 2021-2022, se marcan los siguientes períodos y normas para la caza del corzo para 2021 y 2022, para las fechas en 2022 y 2023 habrá que esperar a la resolución de la temporada 2022-2023:

–En los terrenos bajo régimen cinegético común, con autorización del servicio provincial de Patrimonio Natural correspondiente, se permite la caza de machos adultos desde el 21 de agosto hasta el 16 de octubre de 2021, en las modalidades de batida, montería y rececho, los sábados, excepto los recechos que podrán ser todos los días.

–En los terrenos bajo régimen cinegético especial, se podrán cazar los machos adultos de corzo desde el 21 de agosto hasta el 16 de octubre de 2021, en las modalidades de batida y montería, los sábados, domingos y festivos, y cualquier día de la semana en el caso de los recechos.

–Con carácter general, se prohíbe el aprovechamiento cinegético de las hembras de corzo.

No obstante se permitirá su caza puntual y localizada como consecuencia de los daños que puedan ocasionar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de esta resolución.

Consulte aquí la RESOLUCIÓN de 26 de abril de 2021, de la Dirección General de Patrimonio Natural, por la que se determinan las épocas hábiles de caza, las medidas de control por daños y los regímenes especiales por especies durante la temporada 2021/22.

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LA RIOJA

La orden de vedas de La Rioja 2021-2022 marca los siguientes periodos de caza del corzo a rececho para la temporada 2022-2023:

–La caza en rececho de corzo macho podrá ser autorizada, todos los días, desde el viernes 8 de abril del 2022 hasta el domingo 7 de agosto del 2022.

–La caza en rececho de corzo hembra, podrá ser autorizada, todos los días, entre el martes 15 de marzo de 2022 y el sábado 30 de abril de 2022, y del lunes 13 de septiembre al viernes 24 de septiembre de 2022, ambos inclusive.

La orden de vedas de La Rioja 2021-2022 marca los siguientes periodos de caza del corzo en batida:

–La caza de corzo en batida podrá autorizarse entre el sábado 4 de septiembre de 2021 hasta el domingo 26 de noviembre de 2021, ambos inclusive, los sábados, domingos y festivos de ámbito estatal o autonómico, ambos inclusive.

–Las batidas de corzo aprobadas en el plan técnico de caza de cada acotado deberán realizarse en el período habilitado en esta Orden para este tipo de cacería, no autorizándose su ejecución fuera de ese período y dándose como pérdidas.

Consulte aquí la Orden STE/36/2021, de 21 de junio, por la que se fijan las limitaciones y períodos hábiles de caza en la Comunidad Autónoma de La Rioja para la temporada cinegética 2021-2022.

PAÍS VASCO / EUSKADI

Álava / Araba

La orden foral que regula las condiciones generales de caza en Álava para la temporada 2021-2022, fija los siguientes períodos hábiles para el corzo:

a. Recechos primaverales de machos: meses de abril, mayo y junio de 2021.

b. Recechos otoñales de machos y hembras: mes de octubre de 2021.

c. Recechos invernales de hembras: meses de enero y febrero de 2022.

d. Batidas otoñales de machos y hembras: mes de octubre de 2021.

e. Batidas invernales de hembras: meses de enero y febrero de 2022.

Consulte aquí la Orden Foral 244/2021 de 21 de junio. Orden Foral por la que se fijan las condiciones generales que regulan la caza en el Territorio Histórico de Álava durante la temporada 2021-2022.

Guipúzcoa / Gipuzkoa

La orden foral que fija los períodos hábiles y las condiciones de caza en Guipúzcoa para la temporada 2021-2022, marca en general para la caza mayor:

a) Especies autorizadas: jabalí (Sus scrofa) y corzo (Capreolus capreolus).

b) Período hábil. El comprendido entre el 1 de septiembre de 2021 y el 10 de abril de 2022, ambos inclusive, siendo los días hábiles los jueves, sábados, domingos y festivos.

c) La caza del jabalí y del corzo se practicará en las Zonas de Caza Controlada declaradas, con arreglo a lo indicado en el plan cinegético correspondiente.

Consulte aquí la Orden Foral 365 LI/2021, de 5 de julio de 2021, por la que se fijan los periodos hábiles y condiciones generales de caza en el Territorio Histórico de Gipuzkoa para la campaña 2021/2022.

Vizcaya / Bizkaia

La orden foral regula la práctica de la caza en Vizcaya para la temporada 2021-2022, específica para el corzo:

–El periodo hábil para la caza de corzo macho a rececho estará comprendido entre el 15 de abril y el 30 de junio de 2022. Durante este periodo serán hábiles todos los días de la semana.

–La caza de corzos hembras se realizará desde el 15 de noviembre de 2021 hasta el 31 de enero de 2022.

La caza a rececho en la comarca de Encartaciones se realizará con auxilio de guía.

La adjudicación de permisos se efectuará mediante sorteo. Junto con el modelo oficial de solicitud, se facilitarán las normas que regulan esta modalidad de caza, así como el importe a abonar.

La caza a rececho en zonas de caza controlada estará sujeta a lo recogido en sus respectivos planes técnicos de ordenación cinegética.

PRINCIPADO DE ASTURIAS

Según se establece en la resolución por la que se aprueba la Disposición General de Vedas del Principado de Asturias 2022-2023, se fijan los siguientes períodos para la caza del corzo macho:

–Corzo macho a rececho: desde el 1 de abril de 2022 hasta el 30 de junio de 2022; y desde el 1 de septiembre de 2022 hasta el 31 de octubre de 2022. Todos los días serán hábiles.

–Corzo macho en batida: desde el 1 de septiembre de 2022 hasta el 31 de octubre de 2022. Días hábiles: jueves, sábados, domingos y festivos.

Consulte aquí la Resolución de 21 de marzo de 2022, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se aprueba la Disposición General de Vedas para la temporada 2022-2023 en el territorio del Principado de Asturias.

REGIÓN DE MURCIA

La orden que fija los períodos hábiles de caza para la temporada 2021-2022 marca las siguientes normas para la caza del corzo:

–Ciervo, cabra montés y corzo, en los terrenos cinegéticos que ostenten la condición jurídica de coto de caza mayor o de caza menor de más de 500 hectáreas que hubiesen abonado el complemento correspondiente de la matrícula anual.

–En las modalidades de gancho y batida se podrán abatir las siguientes especies: muflón, gamo, jabalí, corzo, arruí y zorro.

El período hábil son todos los días, desde el 5 de septiembre de 2021 hasta el 13 de febrero de 2022, ambos inclusive.

–Muflón, gamo, corzo y arruí mediante rececho, desde el 1 de mayo de 2021, hasta el 13 de febrero de 2022, ambos inclusive.

Consulte aquí la Orden de 14 de junio de 2021, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente sobre periodos hábiles de caza para la temporada 2021/2022 en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

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